Leyes del agua en Argentina
19.03.2010 19:41Constitución de la Nación Argentina
Sancionada el 22/08/1994
ARTÍCULO Nº 41: Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley.
Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales.
Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquéllas alteren las jurisdicciones locales.
Se prohíbe el ingreso al territorio nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos, y de los radiactivos.
Ley Nro: 25688
Régimen de Gestión Ambiental de las Aguas. Ley de presupuestos mínimos.
Ley Nro: 22190
Leyes Provinciales
Ley Nº: 12257
Modificaciones y Legislaciones Complementarias
743/99 | CREACION DEL ORGANO REGULADOR DE AGUAS BONAERENSES (ORAB) |
2307/99 | MODIFICASE EL TEXTO DE LOS ARTÌCULOS 1ª, 2ª Y 3ª DEL DECRETO 743/99 ORGANISMO REGULADOR BONAERENSE DE AGUAS BONAERENSES. (O.R.A.B.). (DEROGA ART.1 DEL DEC.4695/98. |
2814/00 | LA AUTORIDAD DEL AGUA ESTARA COMPUESTA POR UN ORGANISMO COLEGIADO QUE CUMPLIRA LAS FUNCIONES DE AUTORIDAD Y CONTROL DE LA LEY 12257. |
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